PRUEBA DE APTITUD A LA PROFESIÓN DE ABOGADO 2022
Orden PCM/791/2022, de 11 de agosto, por la que se convoca segunda prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Abogacía para el año 2022 (BOE de 13 de agosto)
El artículo 7.7 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, establece que reglamentariamente se regulará el procedimiento de convocatoria de la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de la profesión de la Abogacía.
El artículo 18 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 34/2006, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, afirma que es competencia de los Ministerios de Justicia y de Educación convocar la prueba de evaluación de aptitud para el ejercicio de la profesión de la Abogacía.
Las competencias en materia universitaria, anteriormente atribuidas al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la actualidad corresponden al Ministerio de Universidades, a través de la Secretaría General de Universidades, según lo establecido en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales, en el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de los Departamentos ministeriales, y en el Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Universidades.
La situación sanitaria provocada por el impacto sobre la población del SARS-CoV-2 y la incidencia de las nuevas variantes del virus, junto con la experiencia adquirida con respecto a la planificación e implantación de la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el acceso a la Abogacía on line en las convocatorias de los años 2020 y 2021, así como el alto grado de satisfacción obtenido en cuanto a la ejecución y desarrollo de las mismas, aconsejan que las pruebas de acceso a la profesión de la Abogacía se realicen nuevamente on line de manera simultánea en este año 2022.
En su virtud, a propuesta conjunta de la Ministra de Justicia y del Ministro de Universidades, dispongo: Apartado único. Se convoca la segunda prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Abogacía para el año 2022, que se regirá por lo dispuesto en la presente convocatoria que figura como anejo a esta orden.
Madrid, 11 de agosto de 2022.–
El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, P.D. (Orden PCM/318/2022, de 11 de abril), el Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
1. Convocatoria
Se convoca la segunda prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de la Abogacía, dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales, así como, en particular, la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por Universidades o Escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.
- Esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, no contiene limitación alguna en el número de plazas.
- La presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el portal web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es), apartado «Empleo Público y acceso a profesiones – Acceso a la profesión de Abogados», así como en la página web del Consejo General de la Abogacía Española.
- De conformidad con lo establecido en el artículo 4.1.e) del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, corresponde a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, bajo la dirección de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, el ejercicio de las competencias que le atribuya la normativa en materia de acceso a la profesión de la Abogacía.
2. Descripción de la evaluación
La prueba de evaluación de la aptitud profesional se efectuará de conformidad con lo establecido en la presente orden de convocatoria y será única e idéntica para todo el territorio español.
3. Programa de materias
El programa que ha de regir la evaluación se encuentra en el anexo de la presente convocatoria y contiene una descripción orientativa de las materias y competencias necesarias para el acceso a la profesión de la Abogacía que serán objeto de la evaluación.
4. Requisitos de los candidatos
- 1. Podrán concurrir a la prueba de evaluación quienes reúnan los siguientes requisitos:
- a) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho, Grado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, o, en su caso, de las certificaciones sustitutorias.
- Los aspirantes con titulaciones de origen obtenidas en el extranjero necesitarán contar con alguno de los títulos universitarios de Grado mencionados al comienzo de este apartado obtenidos por convalidación, al amparo del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado, o bien con la homologación del título en España al de Licenciado/a en Derecho.
- Los aspirantes deberán cumplir este requisito con anterioridad a la admisión al curso de formación especializada para el acceso a la profesión de la Abogacía, de conformidad con el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre.
- b) Haber superado los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de la profesión de la Abogacía, y el período de prácticas externas tuteladas, acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Universidades, e inscritos en el Registro Administrativo del Ministerio de Justicia establecido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 a 8 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre. Los aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en que se realice la prueba.
- c) Ser mayor de edad y no estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión de la Abogacía. Los aspirantes deberán cumplir este requisito a la fecha en la que se realice la prueba.
- 2. Si en algún momento se tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria, la Administración acordará motivadamente su exclusión del proceso, previo trámite de audiencia.
5. Plazo y forma de presentación de las solicitudes de inscripción y documentación
De conformidad con lo establecido en la Orden PCI/1255/2019, de 26 de diciembre, por la que se establece la obligatoriedad de relacionarse a través de medios electrónicos en las pruebas de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de las profesiones de Abogado/a y Procurador/a de los Tribunales, la solicitud de inscripción deberá presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https:// sede.mjusticia.gob.es), utilizando Cl@ve como sistema de identificación electrónica por parte de los aspirantes.
- Los sistemas de identificación y de firma admitidos en Cl@ve son: DNI-e, certificado electrónico, Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente.
- Si una incidencia técnica, debidamente acreditada, imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, se podrá determinar una ampliación del plazo de presentación de solicitudes de inscripción o la cumplimentación y presentación sustitutoria.
- El plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la evaluación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
- Al objeto de simplificar los trámites administrativos que deban realizar los participantes, estos podrán autorizar expresamente al Ministerio de Justicia el acceso a los sistemas de verificación de sus datos de titulación y de identidad en los términos establecidos en el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
- Asimismo, se podrá autorizar que la información académica se recabe por el Ministerio de Justicia directamente de las universidades.
- Los datos personales serán tratados conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- En el caso de que no se autorice expresamente el acceso a estos datos, el solicitante deberá marcar el correspondiente recuadro en la solicitud de inscripción y deberá presentar la documentación acreditativa de la identificación y de estar en posesión del título de Grado o Licenciado/a en Derecho, o la credencial de homologación, dentro del plazo de presentación de solicitudes de inscripción, a través del correo electrónico acceso.abogacia@mjusticia.es, salvo en el caso del documento acreditativo de la finalización del máster, que será presentado en un plazo no superior a 10 días hábiles siguientes a la celebración del examen.
- Al realizar su solicitud de inscripción, los aspirantes deberán cumplimentar en el formulario los siguientes elementos:
- a) Aportar una cuenta de correo electrónico personal e intransferible que servirá para la realización de la prueba.
- b) Elegir, para las materias específicas, una especialidad jurídica entre las cuatro posibles:
- materia civil y mercantil;
- materia penal;
- materia administrativa y contencioso administrativa,
- y materia laboral.
- Esta elección no podrá ser modificada con posterioridad.
- c) Comprometerse durante la celebración de la prueba a respetar las normas del examen, a no consultar en ningún momento textos legales ni manuales jurídicos ni cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo, ni servirse del auxilio de persona alguna, desde el inicio del ejercicio hasta el final del mismo.
- d) La prueba de aptitud podrá realizarse, a libre elección del aspirante, en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales autonómicas.
- e) Elección sobre la expedición del título profesional conforme a lo señalado en el apartado 16 de esta convocatoria.
- Además, los aspirantes deberán adjuntar una foto actualizada tamaño carnet que deberá ser remitida al correo acceso.abogacia@mjusticia.es, poniendo en el asunto la palabra «FOTOGRAFÍA».
- La imagen irá en un archivo JPG que llevará por nombre el número de DNI, NIE o Pasaporte.
- La no remisión de esta fotografía será causa de exclusión.
- La Administración podrá, en cualquier momento, requerir a los solicitantes la acreditación de la documentación, si así lo considerase necesario.
6. Derechos de examen
La participación en la prueba de evaluación será gratuita.
7. Acceso a personas con discapacidad
Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán solicitar, en el momento de realizar su inscripción, las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios, a fin de asegurar su participación en la evaluación en condiciones de igualdad, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, y en el artículo 2.2 de su Reglamento.
Dentro del plazo de presentación de solicitudes de inscripción y a través del correo electrónico acceso.abogacia@mjusticia.es, se aportará el dictamen técnico facultativo donde se determine la procedencia de dicha adaptación, emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática, sino únicamente en el caso de que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, correspondiendo a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia resolver la procedencia y concreción de la adaptación.
Para la adaptación de tiempos adicionales, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
8. Admisión de aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de inscripción, la Dirección General para el Servicio Público de Justicia publicará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la prueba de aptitud, que podrá consultarse en la página web del Ministerio de Justicia (https://mjusticia.gob.es), apartado «Empleo Público y acceso a profesiones – Acceso a la profesión de Abogados».
- En la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se hará constar, en su caso y en los términos previstos en la base 10 de esta convocatoria, el idioma de realización de la prueba solicitado por el aspirante.
- En la lista provisional de aspirantes excluidos se hará constar la causa de la exclusión.
- Se concederá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional en el citado portal web del Ministerio de Justicia, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Los aspirantes deberán realizar la subsanación de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es), utilizando como sistema de autentificación el sistema Cl@ve.
- Las subsanaciones relativas a la presentación, por parte de los solicitantes que no hubieran autorizado expresamente el acceso a sus datos de identidad y titulación, de la documentación acreditativa de la identificación y de estar en posesión del título de Grado o Licenciado/a en Derecho, o la credencial de homologación, se realizarán en el mismo plazo de diez días hábiles, a través del correo electrónico acceso.abogacia@mjusticia.es, consignando en el asunto la palabra «Subsanaciones».
- A efectos del resto de comunicaciones y actos de mero trámite, todos los aspirantes podrán utilizar el correo electrónico acceso.abogacia@mjusticia.es.
- Finalizado el plazo de subsanación, por resolución de quien ostenta la titularidad de la competencia se publicará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que podrá consultarse en el portal web del Ministerio de Justicia y se fijará la fecha y la hora para la realización del ejercicio.
- Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, siendo susceptible de recurso potestativo de reposición o de recurso contencioso-administrativo desde su publicación en la página web.
9. Comisiones evaluadoras
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.4 de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, se constituye una Comisión Evaluadora única que ejercerá las funciones previstas en el artículo 19.1 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, en la forma en que lo requiera la celebración on line de la prueba. La Comisión Evaluadora será designada conforme a lo dispuesto en el artículo 19.2 del Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre.
- A tal efecto, los Ministerios de Justicia y de Universidades, por resolución conjunta de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia y de la Secretaría General de Universidades, designarán a los miembros de la Comisión Evaluadora única y a sus suplentes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado». La composición de la Comisión Evaluadora única será la siguiente:
- a) Una persona en representación del Ministerio de Justicia, funcionario de carrera de especialidad jurídica perteneciente a alguno de los Cuerpos integrados en el grupo A, subgrupo A1 de la Administración General del Estado.
- b) Una persona en representación del Ministerio de Universidades, funcionario de carrera de especialidad jurídica perteneciente a alguno de los Cuerpos integrados en el grupo A, subgrupo A1 de la Administración General del Estado.
- c) Una persona en representación de la Administración Autonómica, a propuesta de la Comunidad de Madrid como sede única de la Comisión Evaluadora de la prueba de evaluación.
- d) Una persona en representación de la Abogacía con más de cinco años de ejercicio profesional, propuesto por el Consejo General de la Abogacía Española.
- e) Un profesor universitario de alguna de las distintas disciplinas jurídicas, designado por el Consejo de Universidades, entre el personal docente con vinculación permanente con una Universidad.
- f) Una persona en representación del Consejo General del Poder Judicial.
- Corresponderá a la Comisión Evaluadora la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la prueba, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes y que hará constar en el acta de examen.
- La Comisión Evaluadora dependerá funcionalmente del Ministerio de Justicia, a cuyo representante corresponderá la Presidencia, ostentando la Secretaría el representante del Ministerio de Universidades.
- El funcionamiento de la Comisión se regirá por lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
10. Idioma
La prueba de aptitud podrá realizarse, a libre elección del aspirante, en castellano o en la lengua cooficial autonómica. A efectos de facilitar la realización de la prueba en cualquiera de las lenguas cooficiales autonómicas, la persona interesada deberá señalar el idioma en el que desea realizar la misma en el apartado correspondiente de su solicitud de inscripción. La Dirección General para el Servicio Público de Justicia pondrá a disposición de los aspirantes la realización de la prueba en la lengua cooficial correspondiente, de acuerdo con lo señalado en su solicitud de inscripción.
11. Actuaciones previas a la celebración de la prueba
En los días que se determinen, que se anunciarán con la debida antelación en la página web del Ministerio de Justicia, se desarrollará la fase demo, en la que los aspirantes podrán acceder a la plataforma AVEX de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), a través del enlace https://entrada.aulavirtualexamenes.es/ y en una pantalla de bienvenida se les pedirá la dirección de correo electrónico (que será la misma que previamente han facilitado al Ministerio de Justicia) y, tras pulsar el recuadro «Solicitar código» que aparecerá en la misma pantalla, se les remitirá un código de acceso a su cuenta de correo que deberán conservar cuidadosamente, ya que será imprescindible para acceder el día del examen a la plataforma.
El aspirante podrá acceder tantas veces como quiera desde la sala de espera a un examen de prueba, durante esos días, para familiarizarse con la plataforma. Ni las respuestas a ese examen ni las preguntas formuladas en la sala de espera se conservarán durante esta fase y tampoco habrá corrección de dicho examen.
12. Desarrollo de la prueba
La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de publicación de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor, y tendrá una duración de tres horas.
- Su contenido se fijará por el Ministerio de Justicia y su finalidad es medir los conocimientos teórico-prácticos de los participantes acerca del ejercicio de la profesión de la Abogacía, así como el conocimiento de las normas deontológicas y profesionales.
- A tal objeto, esta prueba tendrá como base el programa orientativo de materias que se contiene en el anexo de la presente convocatoria. La prueba se celebrará de forma on line de manera simultánea con cualquier dispositivo con acceso a Internet, a través de la plataforma AVEX de la UNED entrando en el enlace https://entrada.aulavirtualexamenes.es/, y se iniciará a las 9:00 hora peninsular en un único llamamiento.
- Los dispositivos estarán dotados de webcam y durante la celebración de la prueba se podrán tomar de modo aleatorio una o más imágenes sin utilizar técnicas de reconocimiento facial. Estas imágenes se emplearán únicamente para comprobar que los aspirantes durante la celebración de la prueba no se valen de medios no permitidos para la realización del examen.
- La webcam deberá estar activa el día de la celebración de la prueba y durante todo el tiempo que permanezcan conectados a la plataforma para la realización del examen.
- El aspirante podrá acceder a la plataforma desde veinte minutos antes de la hora señalada para el comienzo de la prueba de acceso.
- Una vez allí se le pedirá que introduzca su cuenta de correo electrónico y el código obtenido en la fase anterior y que acepte, si no lo ha hecho ya, en cuyo caso se le recordará, el compromiso de respetar las normas del examen, no consultar en ningún momento textos legales, ni manuales jurídicos, ni cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo con capacidad de almacenamiento de información o posibilidad de comunicación mediante voz o datos, ni servirse del auxilio de persona alguna, desde el inicio del ejercicio y hasta el final del mismo.
- La cuenta de correo deberá ser obligatoriamente aquella en la que haya recibido el código de acceso. Los aspirantes tras acceder a la plataforma pulsarán sobre el texto «primera parte de la prueba», a continuación, deberán esperar a que se habilite a la hora prevista, el botón «aceptar e iniciar examen» y tras pulsar este, se iniciará la primera parte de la prueba o parte común, consistente en 50 preguntas más 6 preguntas de reserva (cada pregunta con cuatro respuestas alternativas de las que solo una es la correcta), sobre las materias que figuran en el apartado A «Materias comunes al ejercicio de la profesión de la Abogacía» del anexo de la presente convocatoria.
- Las preguntas y las respuestas aparecerán de una en una de manera aleatoria y se permitirá avanzar, retroceder y corregir las respuestas.
- Para las respuestas de este bloque de preguntas los aspirantes dispondrán de dos horas. Las preguntas de reserva serán las 6 últimas (de la 51 a la 56), y estarán debidamente identificadas.
- Así, a las 11:00 horas, la primera parte de la prueba finalizará automáticamente, conservándose todas las respuestas introducidas hasta entonces y la primera parte de la prueba de acceso habrá finalizado, salvo para aquellos aspirantes a los que se les haya reconocido ampliación del tiempo para la celebración de la prueba en atención a su grado de discapacidad.
- Los aspirantes podrán terminar la primera parte del examen, en cualquier momento, pulsando el recuadro «Finalizar examen» y, en su caso, el botón «Terminar».
- A continuación, los aspirantes, sin salir de la plataforma, pulsarán sobre el texto «segunda parte de la prueba», y deberán esperar a que se habilite a la hora prevista el botón «aceptar e iniciar examen» y tras pulsar este, se iniciará la segunda parte de la prueba o parte específica.
- Esta consistirá en 25 preguntas más 2 preguntas de reserva, correspondientes a la especialidad elegida, cada una con 4 respuestas alternativas de las que sólo una es la correcta, sobre las materias que figuran en el apartado B «Materias específicas» del anexo de la presente convocatoria.
- Los aspirantes que hayan optado por la materia civil y mercantil deberán seleccionar, entre los exámenes que se les presenten, el que corresponda al derecho foral por ellos elegido.
- Para estos exámenes la pregunta número 25 será distinta en función de la elección efectuada.
- Las preguntas y las respuestas aparecerán de una en una, de manera aleatoria y se permitirá avanzar, retroceder y corregir las respuestas.
- Para responder a este bloque de preguntas los aspirantes dispondrán de una hora. Las preguntas de reserva serán las 2 últimas (números 26 y 27), y estarán debidamente identificadas.
- Los aspirantes podrán terminar la segunda parte del examen, en cualquier momento, pulsando el recuadro «Finalizar examen» y, en su caso, el botón «Terminar».
- Una hora después del comienzo de esta segunda parte del examen, se cerrará la plataforma y la prueba de acceso habrá finalizado, salvo para aquellos aspirantes a los que se les haya reconocido ampliación del tiempo para la celebración de la prueba en atención a su grado de discapacidad.
- Finalizada la sesión, la Comisión Evaluadora levantará acta. El original se entregará a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, y en ella se hará sucinta referencia al desarrollo de la prueba on line.
13. Problemas de conexión
En el supuesto de que se produzca alguna incidencia de tipo técnico que afecte de manera general a todos los aspirantes y que les impida el acceso a la plataforma, como una caída del sistema o de la red de transmisión de datos, la Comisión Evaluadora, después de escuchar el criterio de los técnicos responsables de la plataforma acerca de la naturaleza de la incidencia y de su alcance, podrá adoptar las decisiones que considere procedentes teniendo en cuenta el interés de los aspirantes, incluyendo las de ampliar el tiempo para la realización de la prueba, repetir la prueba en otro momento o dar la misma por finalizada, en cuyo caso, se puntuará el examen en función de las preguntas contestadas hasta ese momento.
- Si el aspirante abandona la plataforma por razones personales o exclusivamente atribuibles a su dispositivo, se guardarán las preguntas contestadas hasta entonces por un tiempo de quince minutos durante el cual podrá retomar el examen, repitiendo los pasos de entrada, en cualquier momento y a través de cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet y dotado de webcam.
- Transcurrido ese plazo, el acceso al examen quedará cerrado y se calificará con las preguntas respondidas hasta entonces.
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